MUNICIPIO Y SISTEMA MICROFINANCIERO
Por: Abogado Eduardo Lara Salazar
edularalaw@gmail.com
En algunos sectores de la
población, organizada o no, se manifiesta una situación que no les permite
gestionar su sustento por lo que deben ser asistidos mediante políticas
públicas; de allí que el Estado ha venido implementando diversas modalidades.
Una de ellas es el llamado
sistema microfinanciero.
Al respecto en el nivel nacional
se aprobó un instrumento normativo denominado Decreto con rango, valor y fuerza
de Ley de Creación, Estímulo, Promoción y Desarrollo del Sistema
Microfinanciero (2001) el cual tiene por objeto crear, estimular, promocionar y
desarrollar el sistema microfinanciero, para atender la economía popular y
alternativa, a los fines de su incorporación a la dinámica del desarrollo
económico y social.
Si bien no es una competencia
propia municipal, de forma concurrente, algunos municipios se han dado a la
tarea de mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos atendiendo su realidad
particular, con miras a la inserción laboral, lo cual incide positivamente en
el ámbito local, dado que repercute en otros aspectos de la vida en sociedad
como la seguridad, tributación, turismo, entre otros.
La Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) le señala al Municipio, además de ser la
unidad primaria de la organización política, gozar de autonomía, crear,
recaudar e invertir sus ingresos, le concierne lo atinente a la vida local,
incluyendo la ordenación y promoción del desarrollo económico y social, la
participación y el mejoramiento de las condiciones de vida de la comunidad.
Ahora bien, la LOPPM cuenta con una
serie de medios de gestión para hacer efectiva esta tarea; para ello existe una
amplia gama de formas, como pueden ser las empresas municipales (propias o
mixtas), concesiones, arrendamientos, entre otras.
Sin embargo, a través de las distintas
formas organizativas, tales como consejos comunales o asociaciones de vecinos,
por ejemplo, se gestiona esta iniciativa porque de allí proviene la mayoría de
los participantes.
Otra forma de apoyo a sectores de la
población carentes de recursos económicos es a través de ferias o mercados
donde – una vez organizados – llevan sus productos para la venta al público,
con lo que obtienen un ingreso.
En cuanto a la actividad microfianciera
hay que acotar que no debe confundirse con ayudas sociales, ya que aquélla
implica la concesión de un crédito, a diferencia de subvenciones o subsidios
donde no está previsto el retorno de lo invertido.
Esto significa que se
financian proyectos definidos donde los beneficiarios están en la obligación en
cancelar los préstamos - de acuerdo con ciertos lineamientos - para hacer el
programa rentable y poder ayudar a mayor cantidad de personas.
El sistema microfianciero atiende a
sectores de la población que no tienen acceso a servicios bancarios, por
ejemplo, dada su condición. Se caracteriza también por una flexibilización de
requisitos y trámites.
De allí que se han visto iniciativas
exitosas donde, no solamente se ha incorporado al mercado laboral al
beneficiario, sino que replican lo aprendido y son fuente para otras personas
con igual necesidad inicial, porque es importante que los ciudadanos no
dependan de la actividad pública para vivir dado que el presupuesto es limitado
y deben atenderse otras áreas como serían los servicios públicos, por ejemplo.
Un buen sistema microfinanciero procura
extraer de las garras de la pobreza y dota de herramientas que permitan
enrumbar el país hacia un mejor destino.
Se sugiere al lector dar un vistazo a
otros artículos de mi autoría denominados “Municipio y Emprendimiento”, “De la
Organización y Gestión Municipal”, “De la competencias municipales”, “Los CLPP
en su ley del año 2010”,”Municipio y Planificación,”, “Municipio y Poder
Popular”, “El Impuesto sobre Actividades Económicas”, “Los Consejos Comunales
según su Ley Orgánica del año 2009”, “Medios de Gestión”, “De los Medios de
Participación Ciudadana”, “Instrumentos Jurídicos Municipales”, “Municipio y
Tributación”, “Bienes Municipales”, “La Administración Tributaria Municipal”,
“Hacienda Pública Municipal”, “Las Mancomunidades”, “Empresas Municipales”, entre
otros, los cuales se encuentran publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com
En otra oportunidad se tocarán otros
tópicos relacionados con el tema.