MUNICIPIO Y LA LEY DE COSTOS Y PRECIOS
Por: Abogado Eduardo Lara Salazar
Con ocasión de
la aprobación del Decreto con rango, valor y fuerza de Ley de Costos y Precios
Justos (LCPJ, 2011) se da un giro en las relaciones de contenido económico,
tanto para los integrantes del sector público como privado.
Este instrumento legal tiene por objeto establecer las regulaciones, así
como los mecanismos de administración y control, necesarios para mantener la
estabilidad de precios y propiciar el acceso a los bienes y servicios a toda la
población en igualdad de condiciones.
Ello
implica una creación de parámetros y estructuras administrativas para
adecuarlas al marco de la LCPJ, para evitar que se solapen a las existentes - por ejemplo - como las previstas por la Ley para el Fomento
y Desarrollo de la Economía Popular, Ley Orgánica sobre Consejos Comunales
(2009), Ley para la Defensa de las
Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios (2008).
De hecho,
la LCPJ ha previsto un organismo para la
ejecución de las políticas públicas sobre la materia que regula, el cual se
denomina Superintendencia de Costos y Precios, adscrita a la Vicepresidencia
Ejecutiva de la República.
Si
bien el texto normativo es de corte nacional y aplicable a todas las personas
naturales y jurídicas nacionales o extranjeras que, con ocasión del desempeño
de sus actividades dentro del territorio nacional, produzcan, importen o
comercialicen bienes, o presten servicios, por lo cual reciban una
contraprestación pecuniaria que satisfaga su intercambio; hace mención a las
organizaciones comunitarias o grupos de consumidores para que aporten su
conocimiento y experiencia en el campo del acceso a determinados bienes y
servicios, lo que podría abrir la brecha para una eventual competencia
concurrente, siguiendo la línea de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal
(LOPPM, 2010), en aquello de los asuntos de la vida local.
Partiendo de los modelos
concebidos en instrumentos como el de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales
(2009), resulta probable que se requiera el apoyo de los consejos comunales en
las labores de la Superintendencia de Costos y Precios, dado que ésta podrá
convocar a mesas de trabajo u otros mecanismos de participación al sector
privado organizado, a los efectos de que expongan sus consideraciones en la
definición de los caracteres de las categorías cuya planificación se previere. En
idéntico sentido está la Ley Orgánica de la Contraloría Social (2009) o la Ley Orgánica
del Poder Popular (2010)
Todo
ello en virtud de una norma de la LCPJ que estatuye un deber para la comunidad
organizada de apoyar coordinadamente a los órganos y entes que integran el
Sistema Nacional de Costos y Precios, buscando el control social.
Por
otra parte, la LCPJ señala que puede ser requerido el cuerpo de policía
municipal considerado por aquélla como un órgano auxiliar del Sistema Nacional
Integrado de Costos y Precios
Asimismo,
basándose en el principio de cooperación institucional a que se contrae la Ley
Orgánica de la Administración Pública (2008), le marca pauta a órganos como el
Banco Central de Venezuela (BCV), Ministerio Público, Servicio Nacional
Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), Comisión de
Administración de Divisas (CADIVI), así como a entes siendo el caso del
Instituto para la Protección de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios
(INDEPABIS), apuntalar a la Superintendencia de Costos y Precios en sus
competencias.
Se sugiere al
lector dar un vistazo a unos artículos de mi autoría denominados “De la
Competencia Municipal”, “De la Organización y Gestión Municipal”, “ Los
Consejos Locales de Planificación según su ley del año 2010”, “Los Consejos
Comunales según su ley orgánica de año 2009”, “Municipio y servicio de
policía”, “Municipio y Alimentación”, “Municipio y Poder Popular”, “La
Contraloría Social”, “De los Medios de Participación”, entre otros, que aparecen publicados en www.eduardolarasalazar.blogspot.com
y en www.tuabogado.com (Pódium Jurídico Derecho Municipal)
En otra
oportunidad se tocarán otros aspectos relacionados con el tema.