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martes, 8 de octubre de 2013

El Mobiliario Urbano II

EL MOBILIARIO URBANO II
Por: Abogado Eduardo Lara Salazar




El concepto de mobiliario urbano es propio de disciplinas como la Arquitectura, Urbanismo o Ingeniería, por ser de tipo técnico, dado que se trata de densidad, dimensiones u otros semejantes, para asegurar una adecuada convivencia; sin embargo, el Derecho les auxilia con el régimen legal aplicable al uso, mantenimiento, conservación, entre otros.

Textos normativos como la Ley Orgánica para la Ordenación Urbanística (1987), la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM, 2010), la Ley Orgánica del Ambiente (2006),  Ley Orgánica de Bienes Públicos (2012) tienen estrecha relación con esta materia, por mencionar algunos de carácter nacional, al igual que ordenanzas, reglamentos o decretos provenientes del ámbito local. 

Quien hace uso de espacios públicos, mediante  avisos o mensajes publicitarios en instalaciones, pudiendo ser el caso en paradas de transporte público, por ejemplo, quedaría sujeto al Impuesto sobre la Publicidad y Propaganda Comercial, de acuerdo con los lineamientos generales a que se contrae la LOPPM.

También podría ocurrir que se generen tasas por procedimiento, inscripciones, certificaciones, entre otros.

Esto permitiría al nivel local obtener un ingreso que ayudaría a disminuir la inversión en materia de mobiliario urbano, lo cual puede originarse mediante un contrato (concesión o arrendamiento, por ejemplo) o a través de actos administrativos, siendo la más frecuente por medio de autorización otorgada por la autoridad pública; esto debe contar con una serie de condicionantes, no solamente de medidas o superficie, materias sobre las cuales podría originar prohibiciones, como ocurre en materia de alcoholes o productos derivados del tabaco, o restricciones.

Existen trabajos doctrinarios, tanto jurídicos como de otras disciplinas, bien sea de corte nacional o foráneo que ilustran con mayor profundidad; por ejemplo, Gustavo Grau Fortoul en la obra “El Derecho Administrativo Venezolano en los umbrales del siglo XXI, Editorial Jurídica Venezolana, Caracas, 2006, en un homenaje al Manual de Derecho Administrativo del maestro Eloy Lares Martínez,  ofrece una publicación relacionada con estas líneas de interés para quienes se inician en ciencias como Urbanismo o Derecho Urbanístico, Civil, Administrativo o Municipal.  

Asimismo, la escogencia del particular por parte de la Administración Municipal también podría devenir de un proceso de contratación pública (licitación), debiendo aplicar las normas de la Ley de Contrataciones Públicas (2009)   

Desde una perspectiva de control urbanístico es preciso señalar que los equipamientos con los que cuenta una ciudad requieren de normas de tipo técnico para lograr una mejor convivencia, evitando la posibilidad de contaminar los espacios públicos.

Resulta lamentable como personas pueden llegar a desmejorar o destruir bienes públicos mediante actos vandálicos.

Una ciudad que se precia de lucir mobiliarios urbanos permite – no solamente una mejor movilidad – sino también incidir en áreas como el turismo local, empleo, servicios públicos.

El mobiliario urbano debe atender, no solamente a las reales necesidades de una ciudad, sino también a la naturaleza de sus pobladores, respetando costumbres y tradiciones.

Se sugiere al lector dar un vistazo a otros artículos de mi autoría denominados “De la Hacienda Pública Municipal”, “Municipio y Tributación”, “Municipio y Ambiente”, “Municipio y Salud”, “Municipio y Educación”, “De la Organización y Gestión Municipal”, “Competencias Municipales”, “El Catastro Municipal”, “El Impuesto sobre Publicidad y Propaganda Comercial”, “El Impuesto sobre Inmuebles Urbanos”, “El Paisajismo como elemento integrador de espacios urbanos”, “El C.O.T. como norma supletoria en lo municipal”, “Instrumentos Jurídicos Municipales”, “Las Ordenanzas y su ubicación en el ordenamiento jurídico venezolano”, “La Administración Tributaria Municipal”, “La Concesión medio de gestión municipal”, “Las Tasas”, “Los Bienes Municipales”, “Municipio y L.O. de Bienes Públicos”, “Municipio y Arrendamiento de Bienes Públicos”, “Municipio y Patrimonio Cultural”, “Municipio, Conservación y Mantenimiento de Bienes Públicos”  entre otros, que se encuentran publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com  donde encontrará mayor información.

En otra oportunidad se tocarán otros tópicos relacionados con el tema.