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sábado, 13 de abril de 2019

Importancia de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana I


IMPORTANCIA DE LA ORDENANZA DE CONVIVENCIA CIUDADANA I

Por: Abogado Eduardo Lara Salazar
edularalaw@gmail.com



Cada día transcurre con la posibilidad de vernos inmiscuidos en asuntos donde la convivencia ciudadana sea la protagonista.

Para ello, los municipios han aprobado Ordenanzas sobre esta materia.

Ahora bien, ante la solicitud de unos estudiantes que manifestaron dudas acerca de la importancia de un instrumento legal como la Ordenanza de Convivencia Ciudadana se dedican estas líneas.

En primer lugar, debe deslindarse de la idea ante una posible intromisión indebida frente a las competencias del nivel nacional (República) para legislar en cuanto a delitos y penas se refiere.

De acuerdo con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) el Poder Nacional tiene asignado dictar la legislación en materia de penas y procedimientos; esa es la razón por la que emana del Poder Legislativo el instrumento que regule los delitos con todos sus elementos considerados, por lo que existe un Código Penal (2005) y un Código Orgánico Procesal Penal (COPP, 2012), aunque el tema no se agota allí porque existe gran número de textos legales que contienen sanciones, bien sea privativas o no de libertad.

Existen leyes como la del Poder Judicial (1998) Sistema de Justicia (2009), Justicia de Paz Comunal (2012), Servicio de Policía y Cuerpo de Policía Nacional, Poder Público Municipal (2010), entre otras, que son de gran utilidad al legislar sobre convivencia ciudadana.

Sobre estas últimas es que pueden los Municipios legislar, siendo específicos lo colindante con las faltas, dado que al ámbito local le compete la materia de orden público y lo hace a través de los cuerpos de policía.

Cuando se aprueba una Ordenanza de Convivencia Ciudadana uno de los elementos a considerar es de tipo pedagógico para educar en valores ciudadanos, ya que la sociedad debe aprender a conducirse con comportamientos acordes con la vida en comunidad, además de desarrollar principios como el de la solidaridad, no discriminación, igualdad, respeto mutuo, tolerancia, entre otros.

Además incluye materias como ambiente (ruidos, contaminación por distintas fuentes), fomento de los usos de medios alternativos para la resolución de conflictos, mascotas,  participación ciudadana, espacios públicos, bienes municipales, ingesta de bebidas alcohólicas en vías o espacios públicos, servicios y actos sexuales en vías públicas,  comercio sexual, productos pornográficos, entre otros.

No se trata de una mera enunciación de conductas no toleradas socialmente; suelen ser hechos que deben ser atendidas con premura y a título preventivo para evitar el escalamiento del conflicto, porque ocurre que comienzan con episodios que provocan aumento en los niveles de violencia; uno habitual es la música a niveles altos fuera de horario. Ante el reclamo puede pasar que otros episodios como lesiones o daños a la propiedad se produzcan lo que no soluciona el problema de fondo.

Otra inquietud frecuentes se refiere a quiénes son los funcionarios competentes para el cabal cumplimiento de la Ordenanza; allí están repartidos los roles entre el Legislativo (Concejo Municipal) el cual aprueba el instrumento siguiendo el procedimiento establecido por el Reglamento de Interior y Debates al igual que leyes diversas; el Ejecutivo Municipal, a través del Alcalde como primera Autoridad Civil y Jefe de la Policía Municipal, junto con dependencias como la Policía Municipal y otras Direcciones como la de Justicia Municipal, donde suele adscribirse el apoyo logístico de los Jueces de Paz.

Hay que recordar que los Jueces de Paz - como cualquier otro - poseen autonomía. 

En otra oportunidad se tocarán tópicos relacionados con el tema.

Se sugiere dar un vistazo a otras publicaciones de este autor denominadas "Los Poderes Públicos",  "Organización y Gestión Municipal", "El Alcalde", "Los Concejales", "Municipio y Servicio de Policía", "La Justicia Municipal", "La Ordenanza de Convivencia Ciudadana", "El Distrito Capital", "El Territorio Insular Miranda" "Las Dependencias Federales", "Municipio y Participación", "Las Fiscalías Municipales", "Las Mancomunidades", entre otros, que se encuentran publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com para tener mayor información.

No lo olvide, el país se construye desde sus municipios.