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domingo, 14 de diciembre de 2014

Municipio y Ley Orgánica de Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones II

MUNICIPIO Y LEY ORGÁNICA DE MISIONES II
Por: Abogado Eduardo Lara Salazar



El Sistema de Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones actúa en los distintos niveles político territoriales, es decir, nacional, estadal y municipal, llegando a lo comunal.

Está presidido por el Presidente de la República, coordinado por el Vicepresidente Sectorial para el Área Social y respaldado por los restantes Vicepresidentes, Ministros y demás altos funcionarios ejecutivos.

Su dirección le compete al Alto Mando del Sistema, como instancia de dirección estratégica, planificación y evaluación, definir los criterios para el establecimiento de las bases de misiones.

Cuenta con una Coordinación General y una Secretaría Ejecutiva, cuyas funciones se establecerán mediante Reglamento.

Además, en sentido descendente, un Consejo Nacional de Política Social como asesor del Sistema en materia de planificación, seguimiento y evaluación de la política social, subordinado al Alto Mando del Sistema; su dirección la designa el Presidente de la República e integrado por sendos representantes de la Comisión Central de Planificación y la Vicepresidencia Sectorial del Área Social, las máximas autoridades de las instituciones sociales responsable de las estadísticas y de estudio vinculados con el desarrollo y protección social, un vocero del Consejo Nacional de Misiones, más tres investigadores de reconocida trayectoria académica y social.   

Por su parte, el Sistema tendrá una Coordinación Estadal, lo que equivale a la dirección en cada entidad federal; la rige un Coordinador Estadal designado por el Alto Mando del Sistema e integrada por coordinadores estadales de las Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones, al igual que por los voceros del llamado poder popular integrantes del Consejo Nacional de Misioneros, cuyas atribuciones se establecerán por Reglamento.

Se ocupa de ejecutar los lineamientos técncos y operativos para el despliegue, articulación e integración de las Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones, en función de cumplir con las metas que le sean asignadas y supervisar las coordinaciones municipales.

En el ámbito municipal, el DLMGMMM ha previsto unas Coordinaciones Municipales, siendo la dirección del Sistema a este nivel, por un Coodinador designado por la coordinación estadal e integrado – a su vez -  por los coordinadores de las Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones, voceros del llamado poder popular integrantes del Consejo Nacional de Misioneros.

Ello no se corresponde con órganos o entes municipales del Poder Municipal, sino más bien una actividad con tendencia desconcentrada. Entre sus competencias se encuentra la promoción, supervisión, evaluación y control de las Coordinaciones Comunales; aplicra los criterios de finaniamiento de proyectos socio productivos y el establecimiento de las bases de misiones.

De acuerdo con las peculiaridades territoriales se crearán las llamadas Meses de Misiones de la Comuna, concebidas para la articulación comunal integradas por los voceros de los consejos comunales, jefes locales de las Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones, voceros de los misioneros.

Por su parte, las Bases de Misiones se consideran espacios para la prestación de servicios de las Misiones y de otros servicios públicos destinados a la atención de protección integral de las comunidades, con la finalidad de fortalecer el llamado poder popular.

Son espacios de participación y organización comunitaria en el marco del desarrollo de las Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones: El Consejo de Planificación Comunal, El Consejo de Contraloría Comunal, El Consejo Nacional de Misioneros, el Comité de trabajo de la comuna y consejo comunal, el Área de trabajo.

El DLMGMMM crea el Consejo Nacional de Misioneros como puntos de encuentro, evaluación y formulación de propuestas de los voceros de las Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones; participarán autoridades de los órgano y entes responsables de la ejecución de éstas.

Igualmente, el Servicio Nacional de información Social funge de plataforma centralizadora de todos los registros de las Misiones, Grandes Misiones, Micro Misiones y demás políticas sociales, lo que le  da pié para ser un núcleo de intercambio e información disponible sobre los ciudadanos en las bases de datos de los organismos y programas nacionales, estadales y municipales en materia social, patrimonial y tributaria. 

Por último, al Fondo Nacional de Misiones, Grandes Misiones y Micro Misiones para la gestión, asignación de recursos destinados. El Presidente de la República determinará mediante Reglamento la naturaleza jurídica de la entidad que los administrará.  

Se sugiere dar un vistazo a otros artículos de quien suscribe deominados “Competencias Municipales”, “Organización y Gestión Municipal”, “Medios de Gestión Municipal”, “Medios de Participación”, “El Consejo Federal de Gobierno”, “El Fondo de Compensación Interterritorial”, “El Distrito Capital”, “El Distrito del Alto Apure”, “El Área Metropolitana de Caracas”, “Autonomía Municipal”, “Cogestión y Autogestión”, “La Contraloría Social”, “Municipio y Planificación”, “La Función de Planificación”, “Municipio y Participación Ciudadana”, “Municipio y Ordenación Territorial”, “Municipio y Poder Popular”, “Municipio y Reforma Habilitante del 2014 de la Ley Orgánica de Administración Pública”, “Municipio y Servicios Sociales”, “Municipio y Sistema de Discapacidad”; que aparecen publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com para tener mayor información.

En otra oportunidad se tocarán otros tópicos relacionados con el tema.

No lo olvide, el país se construye desde sus municipios.