MUNICIPIO Y DECRETO CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY DE REGIONALIZACIÓN
PARA EL DESARROLLO SOCIOPRODUCTIVO III
Por: Abogado Eduardo Lara Salazar
Por cuanto la realidad municipal
varía de un lugar a otro, no todos los ámbitos locales se caracterizan por
tener predominio de usos residenciales o comerciales; puede ocurrir que existan
zonas industriales, las cuales deben tener regulaciones de aquellos.
Estos espacios contribuyen con la
economía local, no solamente con lo atinente al empleo, sino también con la
tributación y la economía, en diversos sectores; por ejemplo, cada uno de los
poderes públicos – desde una perspectiva territorial - obtiene los impuestos,
tasas y contribuciones aplicables.
Véase con el siguiente ejemplo.
Para el nivel nacional se generan
por vía del Impuesto sobre la renta (ISLR), Impuesto al Valor Agregado (IVA);
contribuciones como la prevista en materia de cooperación educativa (INCES) o
seguridad social (FAOV, IVSS), entre otros.
Los estados perciben – por
ejemplo - ingresos por concepto de papel sellado o timbres fiscales, los cuales
han sido objeto de regulaciones por parte de la administración notarial y
registral, que es de carácter nacional en el marco de la simplificación de
trámites.
En el caso de los municipios
puede mencionarse el Impuesto sobre Actividades Económicas (ISAE), Impuesto
sobre Vehículos, Impuesto sobre Publicidad y Propaganda Comercial,
Contribuciones sobre plusvalías de propiedades generadas por cambio de uso o de
intensidad de aprovechamiento.
Al analizarlo desde la óptica del
sector privado, se incentiva el comercio y servicios, como ocurre con la banca,
seguros, transporte, entre otros.
El Decreto con rango, valor y
fuerza de Ley de regionalización para el desarrollo socio productivo (DLRDSP,
2014) contempla normas para estos casos.
Si se desea fomentar la
producción nacional, hay que dictar normas que atraigan capitales –
especialmente privados – foráneos como del país.
Es por ello que las zonas
industriales son un protagonista para que la actividad industrial florezca, lo
cual debe seguir parámetros que tiendan a la armonía, respeto por el ambiente,
intercambio o transferencia tecnológica, entre otros.
El DLRDSP encomienda al
ministerio con competencia en industrias una rectoría para fomentar y regular
la delimitación, constitución, funcionamiento, desarrollo e impulso de zonas y
parques industriales, siguiendo el llamado Plan de Desarrollo Económico y
Social de la Nación, conocido popularmente como Plan de la Patria, tomando en
cuenta sus potencialidades, infraestructura y talento humano. En tal sentido se
establece que deberá efectuar con las coordinaciones respectivas para el logro
de ese cometido, lo que involucra a las municipales.
Como quiera que el desarrollo
industrial requiera de la participación activa de las personas, a través de la
organización comunitaria, se busca que interactúen con la promoción de planes,
programas y proyectos.
Para contribuir con los
lineamientos esbozados se crea un Registro Nacional de Industrias, a cargo del
ministerio del ramo, producto de la información catastral, lo que conllevará a
otros procedimientos administrativos.
El municipio venezolano requiere
con urgencia la puesta en marcha de iniciativas que permitan potenciar – no
solamente los espacios económicamente –
sino también ser el eje que dinamiza el desarrollo con gestión ambiental y
coordinación entre las distintas instancias del poder público.
Se sugiere dar un vistazo a otros
artículos de mi autoría denominados “De la Organización y Gestión Municipal”,
“De la competencias municipales”, “Los CLPP en su ley del año 2010”, “Los
Consejos Comunales según su Ley Orgánica del año 2009”, “Medios de Gestión”,
“De los Medios de Participación Ciudadana”, “Municipio y reforma habilitante
del año 2014 de la Ley Orgánica Administración Pública”, “Municipio y
Urbanismo”, “La Autonomía Municipal”, “Municipio y Ordenación Territorial”,
“Municipio y Participación Ciudadana”, “Municipio y Régimen de Tierras”, “Municipio
y Regularización de Tierras en asentamientos urbanos”, “Municipio y Servicios
Sociales”, “Municipio y Presupuesto”, “De los Medios de Participación”,
“Cogestión y Autogestión”, “Asambleas de Ciudadanos”, “La Consulta Pública”,
“El Consejo Federal de Gobierno”, “El Fondo de Compensación Interterritorial”,
“El Cabildo Abierto”, “El Área Metropolitana de Caracas”, “El Distrito
Capital”, “El Distrito del Alto Apure”, “El Mobiliario Urbano”, “El paisajismo
como elemento integrador de espacios urbanos”, “La Fiscalización en materia de
urbanismo”; entre otros, los cuales se encuentran publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com
para tener mayor información.
En otra oportunidad se tocarán
otros tópicos relacionados con el tema.
El país se construye desde sus
municipios.