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viernes, 23 de agosto de 2019

¿Puede el Municipio dictar normas en materia de Tránsito y Transporte Terrestre? I

¿PUEDE EL MUNICIPIO DICTAR NORMAS EN MATERIA DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE TERRESTRE? I

Por: Abogado Eduardo Lara Salazar

Puede llamar la atención al lector el título de estas líneas, lo que fue objeto de discusión durante una sesión de clases, por cuanto uno de los estudiantes dijo que recibió una multa de manos de un efectivo de la policía municipal por cometer – supuestamente -una infracción en un área urbana.

Ante el planteamiento surgió un debate puesto que (i) se argumentó sobre las funciones policiales  en materia de tránsito y circulación corresponden únicamente a los cuerpos como la Guardia Nacional (GN) o Policía Nacional y, por ende, los municipios no poseen competencias.

Otro (ii), por su parte, argumentó que existen policías municipales que se ocupan de la materia de transporte y tránsito terrestre.

Al respecto, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999) estatuye las materias donde los poderes locales llevan a cabo su gestión, además de encargar al legislador desarrollar los postulados de aquélla.

La Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM, 2010) cuyo objeto es cumplir con la tarea dejada por el Constituyente para profundizar y hacer letra viva los principios constitucionales sobre el gobierno, administración, control para el ámbito local.

Cuando estudia los distintos tipos de competencias, las clasifica en: propias, delegadas, concurrentes, descentralizadas

En cuanto a la de transporte y tránsito terrestre los municipios poseen competencias, quedando incluidas dentro de lo que se conoce como competencias concurrentes; ello no solamente por así expresarlo este texto normativo, sino también la Ley de Transporte Terrestre (2008) establece que es competencia de los municipios: 
·      
            Dictar normas sobre la prestación del servicio de transporte terrestre público urbano
-    El Establecimiento de Zonas Terminales y recorridos urbanos, para el transporte suburbano e        interurbano de pasajeros con origen y destino de los límites de la entidad local.
-     Establecer las condiciones de operación de los servicios de transporte terrestre público o privado.
-     La ingeniería de tránsito para la ordenación de vehículos y personas.
-     Las autorizaciones o permisos de vehículos a tracción de sangre; la construcción y mantenimiento de  la    vialidad urbana;
-     Los servicios conexos.
-    Emitir y determinar el destino de las multas y sanciones impuestas de conformidad con lo previsto    por la legislación nacional.
-     El control y fiscalización de tránsito y las demás que por su naturaleza le sean atribuidas.

Significa que el nivel local comparte roles en la materia con los otros, como el caso del nacional, por ejemplo, así como también se puede encontrar en la cultura, el deporte, la salud, el servicio de policía y tantos otros que dan cuenta de ello.

Ahora bien, resulta oportuno recordar que no se trata de subordinación o jerarquía entre unos y otros, sino de coordinación, dado que el legislador es sumamente cuidadoso para evitar intromisiones indebidas en las competencias, lo cual sería una dispersión de esfuerzos y recursos.

Como herramienta pedagógica se puede decir que las competencias - en materia de tránsito y transporte terrestre - se dividen en dos grandes áreas.

La primera, se relaciona con la ordenación e ingeniería del tránsito y su aplicación la ven los ciudadanos cuando – por ejemplo – se cambia el sentido de vías (flechado), se instalan semáforos o el permiso para obras en calles y avenidas.

La segunda, referida a la seguridad vial, lo que se vincula con los cuerpos de policía municipal habilitados para la prestación de este servicio.

De conformidad con la Ley Orgánica del Servicio de Policía y Cuerpo de Policía Nacional (2009), las policías municipales están concebidas como órganos o entes que llevan a cabo labores fundamentalmente preventivas y de control del delito.

Es por ello que se crea el servicio de vigilancia y transporte terrestre con rango de dirección, la cual tiene por objeto la planificación y control del transporte y seguridad vial, con el fin de garantizar la seguridad de las personas y los bienes por las vías.

Generalmente se encontrará el uso de las siglas DVTT en los uniformes de los efectivos para diferenciarlos de los adscritos a otros servicios policiales, así como también el uso de chalecos con color distinto al resto de los oficiales. 

Ahora bien, ¿cómo hacen los municipios para lograr la coordinación necesaria entre ambas áreas?

La respuesta para esta interrogante se resume en que los municipios  aprueban ordenanzas o decretos que las regulan. La idea es difundir la importancia de textos normativos de esta naturaleza para la vida cotidiana.

Se sugiere al lector dar un vistazo a otros artículos de mi autoría denominados “Competencias Municipales”, “Municipio y Servicio de Policía”, “Municipio y Planificación”, “Municipio y Participación Ciudadana”, “Municipio y Seguridad Ciudadana”, “Medios de Gestión”, “Organización y Gestión Municipal”, “El Alcalde”, “La Función Ejecutiva del Municipio”, “Los Concejales”, “El Concejo Municipal”, “La Función Legislativa en el Municipio”, “El Consejo Federal de Gobierno”, “El Mobiliario Urbano”, “Municipio y Urbanismo”, “El Presupuesto Participativo”, “Instrumentos Jurídicos Municipales”, “La Justicia de Paz Comunal”, “La Autonomía Municipal”, “Cogestión y Autogestión”, “La Consulta Pública en el ámbito municipal”, “La Iniciativa Legislativa en el ámbito municipal”, “Instancias de Atención Ciudadana”, “Medios de Comunicación Alternativos”, “Municipio y reforma habilitante 2014: Ley Orgánica de Administración Pública”, “Municipio y Servicios Públicos”, “Potestad Reguladora vs Potestad Tributaria”, “Municipio, Tránsito y Transporte terrestre”, “La Ordenanza sobre motorizados”, “La Ordenanza de Convivencia Ciudadana”, entre otros, que aparecen publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com para tener mayor información.

En otra oportunidad se tocarán tópicos relacionados con el tema.

No lo olvide, el país se construye desde sus municipios.