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domingo, 12 de junio de 2016

La Justicia Municipal III

LA JUSTICIA MUNICIPAL III

Por: Abogado Eduardo Lara Salazar


Desde que el hombre hizo su aparición en el planeta ha tenido la necesidad de regular los comportamientos grupales para garantizar la convivencia pacífica; ésta ha costado – en ocasiones – vidas y bienes, lo que es invaluable.

En un espacio urbano este requerimiento cobra más importancia, puesto que los habitantes no siempre poseen los mismos valores ni niveles de cultura y educación ciudadana. La mejor prueba de ello es el avance de la criminalidad en las grandes urbes, especialmente en los medios empleados para ejercerla.

Sea la ocasión valiosa para el reconocimiento de los esfuerzos desplegados por los hombres y mujeres que se formaron para brindar seguridad, bienestar y aumentar los índices de calidad de vida desde lo municipal, bien sea que porten o no uniforme; hacia ellos va esta contribución para facilitar con herramientas cargadas de civilización su trabajo sin descanso.

Se indicaba acerca de la Ordenanza de Convivencia Ciudadana que es una contribución para enfrentar el problema de la conflictividad social y la prevención del delito, no es menos cierto que, por razones de técnica legislativa, algunos concejos municipales han adoptado legislar sobre los Medios Alternativos para la Resolución de Conflictos (MARC), como la dependencia que los gestionen dentro de la estructura municipal en instrumento separado.

Al respecto, es conocido que los tribunales se encuentran abarrotados de causas, especialmente los de competencia penal, en la cual los ciudadanos van en procura de justicia por lesiones a derechos como la vida, propiedad, privacidad, honor y reputación, entre otros.

Lo buscado por los municipios al intervenir en la etapa inicial de las situaciones antes que lo hagan organismos del sistema penal es la búsqueda de mecanismos efectivos, rápidos y transparentes que propicien soluciones con valores cívicos.

Es menester aclarar que es imposible la actuación de servicios d esta naturaleza ante la presencia de delitos como el homicidio, robo, hurto, violación, entre otros, por mandato legal, ya que está involucrado el orden público y el interés general.

Los delitos de acción pública, por definición, requieren la intervención del Ministerio Público dado el interés jurídico tutelado.

En el ámbito de los MARC se manejan términos como mediación, negociación, conciliación, arbitraje, con su respectiva significación y tramitación.

De hecho, existen estudios de alto nivel sobre estas materias, lo que indica que no es sencillo introducirse en este ambiente por los comportamientos de los involucrados, lo que no significa que resulten inoperantes. Todo lo contrario.

Ello lo que persigue reiterar es que son altamente atractivos hasta en el campo de los negocios antes que acudir a la justicia ordinaria con las connotaciones señaladas supra.

Dado que los municipios son la estructura más cercana al ciudadano se ofertan en muchos de ellos este tipo de servicios a la colectividad con alta efectividad.

Es frecuente encontrar la denominación de Dirección de Justicia Municipal para agrupar organizadamente las gestiones de justicia de paz y los otros medios alternativos.

Los parámetros que se utilizan generalmente son: gratuidad, equidad, universalidad, igualdad, imparcialidad, solidaridad, transparencia, entre otros.

En estas dependencias se suelen tramitar asuntos relacionados con ruidos y olores molestos, mascotas, convivencia vecinal, manejo de desechos, uso de espacios públicos, entre otros.

Adicionalmente es posible también encontrar lo referente al Registro Civil, Sistema de Protección de Niños y Adolescentes; formas de participación ciudadana como comités de tierras o sobre servicios públicos (atención a quejas, sugerencias o reclamos); redacción de documentos jurídicos (cartas de soltería, títulos supletorios, entre otros).

Puede ocurrir que la solución definitiva compete a otra autoridad, como sucede con la Ingeniería Municipal, Catastro,  Protección Civil, Hacienda Municipal, por ejemplo.

Las estadísticas que se generan sirven a otras instancias como el Consejo Local de Planificación (CLPP) para la elaboración de planes o su papel dentro del Presupuesto Participativo.

Se busca que el Municipio fomente programas y proyectos, los cuales no necesariamente tiene que resultar excesivamente onerosos para sus finanzas, sino que propenda a la suscripción de convenios con organizaciones no gubernamentales, universidades, medios de comunicación, entre otros, donde – a título de ejemplo – se podrán potenciar iniciativas como las desplegadas en las calles

Hay programas o proyectos – sin señalar si están implementándose actualmente o no - como los desplegados por el Municipio Sucre (Caracas) con los jóvenes del Programa “Para, mira y cruza”; con miras a mejorar la cultura vial y de uso de las vías públicas, puesto que en - su realidad diaria - el tráfico es un problema por el volumen de vehículos y peatones que utilizan la red. En esta jurisdicción la Ordenanza que regula el servicio y el cuerpo de policía (2014) ha previsto que la Policía Municipal asuma la coordinación de lo atinente con la educación en materia de tránsito y transporte terrestre, aunque cuando lo ejecuten otros órganos o entes. 

Otro caso es el de Chacao (Caracas) a través del llamado Contrato Social con el que buscan la construcción de soluciones en materia de convivencia en el que intervienen ciudadanos y autoridades

Se sugiere al lector dar un vistazo a otros artículos de mi autoría denominados “De los Poderes Públicos”, “De la Organización y Gestión Municipal”, “De la competencias municipales”, “Ley de los CLPP del año 2015”, “Los Consejos Comunales según su Ley Orgánica del año 2009”, “Municipio y Servicio de Policía”, “Municipio y Violencia de Género”, “Municipio y Ambiente”,  “Municipio y Protección de Animales”, “Municipio y Servicios Públicos”, “Municipio y Servicios Sociales”, “Municipio y Sistema de Discapacidad”, “Municipio y LOPNNA”  “De los Medios de Participación Ciudadana”,” La Autonomía Municipal”, “El Área Metropolitana de Caracas” “El Cabildo Metropolitano de Caracas”, “La Asamblea de Ciudadanos”, “La Ordenanza de Convivencia Ciudadana”, “Las Fiscalías Municipales”, “Las Ordenanzas y su ubicación en el ordenamiento jurídico venezolano”, “Medios de Comunicación Alternativos”, “Municipio y LOPNNA”, “Municipio y Participación Ciudadana”, “Municipio y Seguridad Ciudadana”, entre otros, los cuales se encuentran publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com

En otra oportunidad se tocarán tópicos relacionados con el tema.

No lo olvide, el país se construye desde sus municipios.