Formulario de contacto

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Powered By Blogger

Vistas a la página totales

Buscar este blog

Translate

domingo, 30 de diciembre de 2012

Municipio y Cultura Tributaria


MUNICIPIO Y CULTURA TRIBUTARIA
Por: Abogado Eduardo Lara Salazar
edularalaw@gmail.com

La cultura es una creación del hombre en sociedad; así lo han aseverado, no solamente la doctrina jurídica, por ejemplo, en las lecciones sobre Introducción al Derecho durante el pregrado, sino también la sociología, política o economía.

De la misma manera, la tributación es otra de esas formas producto de los humanos encaminada  para la satisfacción de necesidades colectivas de manera generalmente aceptada o, por lo menos, respetada. 

Acerca de esto los autores en Derecho Tributario, Financiero o Económico han llenado múltiples páginas ilustrando sus fuentes, relaciones, aplicaciones, entre otros aspectos.

Siendo la Administración Tributaria el sujeto encargado de llevar la parte activa de la relación jurídico-tributaria, debe valerse de estrategias – siempre dentro del marco de la legalidad, obviamente – para procurar que la mayor cantidad de recursos ingresen a las arcas fiscales.

Se han creado instrumentos normativos basados en el principio constitucional del sostenimiento de las cargas públicas; sin embargo, poco se destina a escribir acerca de la cultura tributaria. Existen cifras, tratados, declaraciones a medios de comunicación social, en las que se expresa lo invertido y recaudado, metas, programas, proyectos, presupuesto.

Sin embargo, también es notorio como se busca sustraerse del cumplimiento de esa obligación de aportar las cantidades por los particulares, por lo que se recurre a los procedimientos sancionatorios, luego de fiscalizaciones interminables.

Múltiples pueden ser los motivos que generan esas conductas, aunque no se ha podido sustituir a la tributación como medio idóneo para generar los recursos tendentes a mitigar carencias – desde todos sus niveles – de la población; aun para el caso venezolano ni con el petróleo y sus derivados.

Por esa razón debe el Estado impulsar programas y proyectos destinados a aumentar un nivel de compromiso y solidaridad mayor entre sus ciudadanos, puesto que – con el aporte de los que más poseen – es como se atiende a las clases sociales más depauperadas, unido a las riquezas que posee Venezuela, tanto naturales como de otro tipo manejadas por el sector público, siendo mencionables hidrocarburos, electricidad, agua, entre otros.

De esta realidad el Municipio tampoco puede desligarse.

Es conocido que al nivel local le compete actividad pública en áreas de servicio público, como al aseo urbano y domiciliario, transporte público local, por ejemplo. Ello solamente es posible gracias a la tributación, aunque contribuyen otros ingresos como el situado en gran medida.

La cultura tributaria no solamente es el cumplimiento de oportuno de deberes formales; va más allá. Es imperioso que se diseñen estrategias pedagógicas para aumentar el nivel de compromiso ciudadano, así como también los procedimientos de control deben cumplir su misión para acrecentar la confianza del particular hacia las instituciones, porque éstas sienten el seguimiento, no solamente por los órganos llamados a ejercerlos sino por razones éticas, dado que es la sociedad la víctima en los casos de deficientes servicios públicos, delitos contra la cosa pública, entre otros.

Los municipios tienen en las formas de participación ciudadana una excelente herramienta para lograr el cometido de la cultura tributaria local, lo que también puede repercutir favorablemente hacia los otros niveles donde se ejerce la potestad tributaria, ya que buscaría modificar patrones de conducta con tendencia hacia la evasión y otras formas ilegítimas de no contribución.

Debe recordarse que la tributación es un costo estimable dentro de la producción de bienes y servicios, así como lo es la materia laboral para las empresas.

Se sugiere al lector dar un vistazo a otros artículos de mi autoría denominados “De la Organización y Gestión Municipal”, “De la competencias municipales”, “Los CLPP en la Ley del año 2010”, “Los Bienes Municipales”, ”Municipio y Presupuesto” “Los Consejos Comunales según su Ley Orgánica del año 2009”, “Medios de Gestión”, “De los Medios de Participación Ciudadana”, “Sistema Tributario Venezolano”, “Hacienda Municipal”, “Administración Tributaria”, “El Síndico Procurador Municipal como Fiscal de la Hacienda Pública Municipal”, “Municipio y Poder Popular”, “La Contraloría Social”, “El Situado Municipal”, “Hidrocarburos y Tributación Municipal”, “La Contraloría Municipal”, “Las Contribuciones Especiales Municipales”, “Indisposición de la Obligación Tributaria”, “Las Ordenanzas y su ubicación en el ordenamiento jurídico venezolano”, “Municipio y Participación Ciudadana”, “Potestad reguladora vs Potestad Tributaria”, “Potestad Sancionatoria Tributaria Municipal”, “Municipio y Tributación”, entre otros, los cuales se encuentran publicados en www.eduardolarasalazarabogado.blogspot.com donde encontrará mayor información.

En otra oportunidad se tocarán otros tópicos sobre el tema.